Procedimiento para la reapertura de iglesias en municipios No COVID-19 o de baja afectación

En una nueva versión del informativo ‘Conexión en los territorios’ del Ministerio del Interior, Carlos Alberto Baena; Viceministro para la Participación e Igualdad de Derechos de esta Entidad, explicó el procedimiento que deben seguir las iglesias para prestar nuevamente sus servicios religiosos: “Esta medida de reapertura gradual aplica para municipios No COVID-19 o con baja afectación. En estos municipios, el Alcalde debe expedir un decreto para que se autoricen los servicios religiosos en las diferentes confesiones y religiones”. Así mismo, el Viceministro Carlos Baena destacó que por reunión deben haber máximo 50 personas.

Por otro lado, el Viceministro de Relaciones Políticas, del Ministerio del Interior, Daniel Palacios, entregó un balance sobre los planes pilotos de servicios religiosos que se han autorizado en 70 municipios de Colombia. Cabe recordar que estas reaperturas se están haciendo bajo el cumplimiento estricto de todos los protocolos de bioseguridad.

Compartir en redes sociales