Movimiento MIRA mantiene su Personería Jurídica

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Escrutado el 97,50 % de los votos a la Cámara de Representantes en el territorio nacional, el Movimiento Político MIRA obtiene hasta el momento 409 mil 223 votos y mantiene su personería jurídica, como lo estipula el artículo 108 de la Constitución Política de Colombia. ARTICULO 108. El Consejo Nacional Electoral reconocerá Personería Jurídica a los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos. Estos podrán obtenerlas con votación no inferior al tres por ciento (3%) de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en elecciones de Cámara de Representantes o Senado.

Las perderán si no consiguen ese porcentaje en las elecciones de las mismas Corporaciones Públicas. Se exceptúa el régimen excepcional que se estatuya en la ley para las circunscripciones de minorías étnicas y políticas, en las cuales bastará haber obtenido representación en el Congreso.

«Según el reporte de nuestros testigos electorales en los puestos de votación de todas las regiones en el país, el Movimiento supera el umbral en sus listas a Cámara y Senado de la República. Por eso todos los integrantes de MIRA nos declaramos a partir de hoy en acuartelamiento de primer grado en la labor de recuperar votos en las Comisiones Escrutadoras», afirmó el Presidente de MIRA, Senador Carlos Alberto Baena. Y agregó: «Desde hace 14 años cuando ingresamos a la vida política, hemos asumido retos, y los resultados de estas elecciones legislativas serán un nuevo desafío para nuestro Movimiento».

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